Alcaldes o presidentes que postulan a otros cargos en Cusco

24 marzo, 2010 5:13 pm 0 commentarios


Para alcaldes o presidentes que postulan a otros cargos

Sábado 3 de abril vence plazo para las renuncias

El 3 de abril vence el plazo para que presenten por escrito su renuncia los presidentes regionales y alcaldes interesados en participar en las Elecciones Regionales y Municipales, que se llevará a cabo el próximo 3 de octubre, según estableció el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

La disposición precisa que los presidentes regionales que renuncien con el propósito de participar como candidatos a alcaldes en las elecciones municipales, deben presentar la documentación ante el consejo regional correspondiente. De inmediato el vicepresidente regional asumirá por encargatura las funciones del presidente regional.

Mientras que los alcaldes que participarán como candidatos en las elecciones regionales harán lo propio ante el concejo provincial o distrital. El primer regidor asumirá por encargatura las funciones del burgomaestre renunciante. En ambos casos, el original o copia legalizada del cargo del documento de renuncia será remitido por el presidente regional y alcalde renunciante al JNE hasta el 7 de abril.

Mientras tanto el presidente regional y alcalde encargados deben solicitar al JNE la expedición de la credencial que formalice su designación en el cargo, así como la que corresponda al nuevo vicepresidente regional. Ello se realizará en un plazo no mayor de diez días hábiles contados a partir de la presentación de la renuncia.

De otro lado, los altos funcionarios señalados en el numeral 3 del artículo 14 de la Ley de Elecciones Regionales que presenten su renuncia con el propósito de participar como candidatos en las elecciones regionales, deberán presentar la misma por escrito ante la entidad pública correspondiente hasta el 6 de abril. Se indica que el original o copia legalizada del cargo del documento de renuncia debe ser remitido por el funcionario renunciante al JNE hasta el 9 de abril. Entre estos altos funcionarios figuran Los ministros y viceministros de Estado, el Contralor General, los magistrados del Tribunal Constitucional, del Poder Judicial y del Ministerio Público, los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura, del Jurado Nacional de Elecciones, los Jefes de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificación y Estado

Civil, el Defensor del Pueblo, el Presidente del Banco Central de Reserva, los Superintendentes de Banca y Seguros, de Administración Tributaria, de Aduanas, los miembros activos de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, los Presidentes y Vicepresidentes regionales, los Presidentes de los Consejos Transitorios de Administración Regional, los Prefectos, Sub-prefectos y Gobernadores, los Directores Regionales sectoriales y los miembros de Comisiones ad hoc o especiales de alto nivel nombrados por el Poder Ejecutivo.

Dichas disposiciones figuran en la Resolución N° 182-2010- JNE publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

fuente:diario del cusco

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FUENTE: OJO.PE
OTRAS FUENTES: DIARIONOTICIAS.COM.PE Y ELPUEBLO.COM.PE

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